Consejos para la renovación de la visa estadounidense o si su visa es denegada

Consejos para la renovación de la visa estadounidense o si su visa es denegada

Hay varios motivos por los cuales alguien puede ser inelegible para una visa estadounidense bajo la Ley de Imigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA por sus siglas en inglés). A continuación se presentan tres de los motivos más comunes de inelegibilidad de visa. También hay otros que no están mencionados aquí.

Si le denegan la visa en un consulado, no intente tramitar de nuevo en otro consulado. Por ejemplo, si le rechazan en Chennai, no trate de ir a Mumbai o a Delhi. Si lo hace, le pedirán que regrese a Chennai para mandar su solicitud de nuevo. Todas sus solicitudes, sus respuestas, etc, están archivadas en un sistema de ordenadores central. Además, todas las normas se aplican igual en todos los consulados, y todos los funcionarios están entrenados de la misma manera y siguen las mismas reglas. Ir con otro funcionario cuando solicite la visa de nuevo no significará que le otorgarán la visa. Ellos tienen acceso a su expediente, lo analizarán de la misma forma y lo evaluarán de la misma manera que el funcionario anterior. Por supuesto, la “suerte” podría influenciar un poco su caso. Si su solicitud es denegada, la última página de su pasaporte recibirá un estampado que dice “Se ha recibido la solicitud”, al igual que la fecha y la ubicación del consulado que denegó su solicitud. Un funcionario consular reconocerá que este estampado significa que algún tipo de solicitud de visa anterior ha sido rechazada, y examinará detalladamente su expediente. Si piensa que podrá deshacerse de este problema consiguiendo un pasaporte nuevo que no tenga este estampado, los funcinarios lo sabrán de todas las maneras porque tienen archivos en el sistema computarizado central.

Según la “Ley de Seguridad Nacional del 2002”, es obligatorio informatizar todas las solicitudes para la visa de no inmigrante. Es obligatorio ingresar todos los detalles de los motivos de la denegación en el expediente del solicitante. Cuando el solicitante presente su solicitud de nuevo en el futuro, el funcionario del consulado debe evaluar las notas previas sobre los motivos de la denegación. Si el nuevo funcionario decide otorgar la visa, tendrá que ingresar razones justificativas por las cuales decide revocar la decisión anterior en el sistema.

Recibir ayuda de un agente de viajes/consultor de visas:
En la mayoría de los casos, no es necesario contratar a un agente de viajes o consultor de visas para tramitar una visa. Encontrará toda la información que necesita sobre el trámite de una visa para visitante en esta página web, immihelp.com. Los agentes y consultores cobran mucho dinero por rellenar los formularios. La mayoría de los formularios que necesitará están gratuitamente disponibles aquí, y además, nosotors le proporcionamos guías que le ayudarán en cada paso del trámite de visa. Muchos consultores prometen cosas que no pueden cumplir, como conseguir citas más pronto, que conocen a gente en el consulado y podrán hacerles favores, o algunos hasta le aconsejan a los solicitantes proporcionar información falsa durante las entrevistas. No caiga en las trampas de los agentes de viajes o los consultores de visas y/o de inmigración. Ellos probablemente no conocen a nadie en los consulados y no pueden garantizarle una visa. Mientras que sí hay personas que pueden asistirle con el trámite de los documentos, los funcionarios no pueden hacerle favores a nadie. No importa si recibe ayuda de un consultor o no, usted es totalmente responsable de su solicitud y sus respuestas. Si el funcionario consular se entera de que ha proporcionado información falsa, pondrá en riesgo sus posibilidades de obtener una visa, y también podrá afectar negativamente sus futuros esfuerzos de conseguir una.

Recibir ayuda de un congresista/senador:
Mucha gente piensa que conseguir una carta de parte de un congresista o senador ayudaría su caso si su visa fue denegada.
Lea los detalles completos

Fianzas/seguros/garantías:
Algunas personas preguntan si pueden firmar una fianza con el consulado de Estados Unidos. En otras palabras, ellos le entregan cierta cantidad de dinero al consulado, y si no se los regresan en un plazo determinado, se pierde la fianza. La verdad es que no existe un sistema como este en el consulado estadounidense. No se puede ofrecer ninguna fianza para garantizar algo de regreso a menos que el consulado de EE.UU. lo pida específicamente, algo que casi nunca hacen.

Muchas personas que invitan a sus familiares a visitar EE.UU. están dispuestas a escribir una carta indicando que el patrocinador se asegurará que el visitante regrese a su país de residencia antes de que expire su estancia autorizada. Estas cartas no garantizan nada y no tienen valor o significan nada para un consulado estadounidense. Esto no le ayudaría para nada a obtener una visa.

Ejercer presión:
La decisión del funcionario consular que le entrevista es definitiva. No sirve de nada pedir que su caso sea evaluado por el Consulado General de EE.UU., o el Embajador de EE.UU. o los encargados de los asuntos entre EE.UU. y el país de origen. Estas tácticas no funcionan. En vez de lograr que le otorguen la visa, sólo va a causar que haya más papeleo de lo necesario en su expediente , y esto demoraría su caso.

No soborne a nadie, esto sólo perjudicará su caso y podría perder la oportunidad de ir a los Estados Unidos permanentemente. Tampoco trate de influenciar a los funcionarios poniéndose en contacto con diputados, ministros u otros políticos para pedirles que remitan o recomienden su caso al funcionario consular. Esto no afecta al funcionario y no están obligados a escuchar a nadie. Ellos sólo siguen las normas y reglamentos.

Los titulares de la visa de negocios no pueden empezar a hacer negocios en EE.UU. Esta se concede para realizar actividades relacionadas con los negocios, como juntas con posibles empresarios y empresas, recibir o hacer pedidos, participar en conferencias o exposiciones, etc. Los solicitantes de la visa de negocios deben dominar el inglés. De no ser así, sería muy difícil llevar a cabo juntas de negocios.

Algunas personas erróneamente creen que si su solicitud de visa es denegada una vez entran en la lista negra, y que si son rechazados una vez entonces no pueden volver a presentar su solicitud. Sin embargo, puede presentar su solicitud tantas veces como quiera. Pero antes de volver a mandar su solicitud, analice los motivos por los cuales fue rechazada para tratar de que no vuelvan a impedirle la obtención de la visa. Algunas personas también creen erróneamente que existe un cupo mensual o diario de visas y que, a partir de ahí, rechazan a todo el mundo pase lo que pase. Eso no es cierto, ya que no hay ningún cupo. Otros equivocadamente creen que algunos funcionarios sólo están presentes para rechazar visas, o que la persona antes de ellos se equivocó, fue rechazado y puso al funcionario de mal humor, y que, debido a esa persona, su solicitud fue rechazada aunque estaba correcta en todos los aspectos. Todos estos son sólo mitos, no se los crea.

214(b)

La disposición 214(b) de Intención de Inmigración: los solicitantes de visa de no inmigrante en casi todas las categorías deben demostrar, a satisfacción del funcionario consular, que tienen fuertes vínculos con una residencia permanente fuera de los Estados Unidos que les obligará a abandonar EE.UU. al término de su estancia autorizada. El funcionario consular toma bajo consideración el estado económico y social, al igual que los vínculos culturales del solicitante a su país de residencia para tratar de determinar si es probable que se vaya de EE.UU. y regrese a su país dentro del periodo de la estancia autorizada, o si es más probable que se quede en EE.UU. No hay una lista determinada de documentos que el solicitante debería traer; más bien, el solicitante que pueda explicar claramente sus motivos de viaje, presente documentos de negocios o personales que demuestren sus vínculos a su país de residencia y puede contestar las preguntas de manera clara y abierta tiene más probabilidades de que se le otorgue una visa que alguien que llega con una enorme carpeta de documentos irrelevantes o claramente cuestionables.

Todas las tarifas del trámite y los cargos de servicio de cada solicitud deben ser pagadas.

Los funcionarios no pueden hacer o tomar llamadas de parte de los solicitantes de visa.

Los candidatos pueden presentar su solicitud en persona cuantas veces quieran. Los consulados no aceptan solicitudes enviadas por correo.

Este es un ejemplo de una carta de una persona cuya suegra fue denegada su visa, volvió a mandar su solicitud más tarde y se le otorgó su visa la segunda vez. Mientras que esto de ninguna manera garantiza que sus parientes obtendrán su visa si usted escribe una carta como esa, nunca sobra redactar una carta parecida:

Ejemplo de carta 2

No puede presentar una fianza que indique que regresará con toda seguridad, a menos que el funcionario consular se lo pida específicamente.

Algunos solicitantes inelegibles buscan ayuda de un “asesor de visa”. Tenga cuidado. Si decide contratar un asesor, recuerde que usted es el único responsable de la precisión de la infomación presentada en su solicitud.

Si ha sido rechazado bajo la sección 214(b) de la INA, por favor indique sus denegaciones anteriores, con las fechas, si las recuerda. El funcionario consular evaluará su solicitud y le informará de la decisión.

Los funcionarios también toman bajo consideración otros factores, como:

  • Si el solicitante tiene un trabajo o negocio estable y con buen ingreso en su país de residencia, al igual que el tipo de empleo.
  • Si tiene otros parientes en el país de residencia, como hijos, nietos y cónyuge por los cuales regresaría.
  • Si el solicitante ha viajado a EE.UU. en el pasado, y si lo ha hecho, cuando tiempo se quedó. Si la persona prolongó su estancia, deben cargar con evidencia de la aprobación (o denegación) de la prolongación previa. El funcionario también toma en cuenta cuánto tiempo el solicitante se quedó en EE.UU. anteriormente, y si la persona solicita la visa de nuevo demasiado pronto, podría ser denegada. Una persona con una visa para visitante que va a ir a EE.UU. sólo por turismo no se puede quedar en el país por demasiado tiempo.
  • Qué tan seguido los parientes del solicitante que viven en EE.UU. visitan su familia en su país de residencia.

Un rechazo bajo esta sección no es permanente. Si usted cree que sus circunstancias han cambiado drásticamente desde la última vez que presentó su solicitud, o si tiene información nueva que no fue presentada al funcionario consular la última vez, puede volver a solicitar la visa. Puede volver a mandar su solicitud después de 3 días hábiles tras el último rechazo. No tiene que esperarse 6 meses o más. Sin embargo, em muy poco probable que sus circuntancias cambien significativamente en 3 días.

No me dieron la oportunidad de explicar
Mucha gente piensa que su entrevista para la visa fue muy corta y que el funcionario casi ni vio los documentos, y que por esto su visa fue injustamente rechazada. Sin embargo, los funcionarios consulares tramitan miles de solicitudes y tienen mucha experiencia. Ellos pueden rápidamente darse cuenta cuáles preguntas quieren hacerle al solicitante en función del expediente, esto incluye varios aspectos de su caso: su situación en su país de residencia, su intención declarada de visitar EE.UU., su historial de viajes, su situación económica y muchos otros factores. Ellos sólo le haran preguntas sobre lo que creen que es esencial para tomar una decisión. La mayoría de la información que están buscando ya está en el formulario de solicitud.

No vio los documentos
A veces, aunque traiga todos los documentos que se le occuran, la visa puede ser denegada. El funcionario consular examina la situación general, y si no es suficiente para superar la presunción del inmigrante, la visa puede ser rechazada. En otras palabras, el problema no son los documentos, sino su situación general (la cual es respaldada por esos documentos). Solicitar una visa de no inmigrante no es sólo tramitar documentos. Los funcionarios nunca se basan únicamente en ellos ya que no establecen plenamente las intenciones del solicitante. Los documentos ayudan, pero no son todo. Es posible que el funcionario consular necesite examinar detenidamente sus documenots para tomar una decisión sobre su derecho a una visa, pero puede que no, esto depende de los detalles específicos de su caso. De todas formas, traiga estos documentos en caso de que el funcionario consular necesite consultarlos. Si el funcionario tomó una decisión sobre su caso sin examinar sus documentos, es porque las circunstancias de su caso estaban claras. Si su visa fue denegada, es poco probable que cualquier documento que usted hubiera porporcionado cambiara drásticamente la decisión del funcionario.

Las tarifas no son reembolsables
Si su visa fue denegada, no recibirá ningún reembolso de las tarifas que haya pagado.

Entender los motivos del rechazo
Si su visa o la visa de alguno de sus parientes fue denegada, es probable que quiera saber el motivo. Tenga en cuenta que no se puede proporcionar cierta información de una solicitud en particular a ningún tercero, ya que el artículo 222(f) bajo INA indica que los archivos de decisiones relacionadas con la visa del Departamento de Estado son confidenciales.

Sin embargo, cierta información puede ser proporcionada al peticionario en los casos de visa, a los abogados que representan a un solicitante de visa, a los miembros de Congreso o a otras personas que actúan en nombre y con el permiso del solicitante. Por favor, envíe un correo electrónico a la embajada/consulado estadounidesne donde el solicitante fue rechazado.

Solicitantes de la visa para estudiantes:
Algunos estudiantes se sienten confundidos al enterarse que, aunque presentaron un certificado de elegibilidad para el estatus de estudiante no inmigrante (formulario I-20) del instituto que han elegido en EE.UU., no son elegibles para una visa de estudiante. Al igual que los visitantes, el artículo 214(b) requiere que los estudiantes demuestren que tienen la intención de irse de EE.UU. después de terminar sus estudios. Un formulario I-20 es uno de los varios documentos que le permiten solicitar una visa para estudiante, pero no garantiza elegibilidad. Los estudiantes pueden ser inelegibles si es evidente que su propósito principal no es obtener una educación que les abra puertas en su país de origen, sino que les facilitaría una estancia indefinida en los Estados Unidos para ellos o su familia.

221(g)

La inhabilitación bajo 221(g): si un solicitante es rechazado bajo este artículo, es porque no proporcionó todos los documentos o toda la evidencia necesaria para que el funcionario consular pudiera tomar una decisión definitiva sobre la elegibilidad del solicitante para la visa. Generalmente, el solicitante es informado sobre qué tipo de documentos son esenciales para que el funcionario pueda tomar la decisión. Hay que rellenar una solicitud nueva; sin embargo, no hay que pagar otra tarifa de solicitud durante un período de un año tras la denegación inicial bajo el 221(g).

Si le han rechazado una visa en virtud del artículo 221(g) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1965 (INA por sus siglas en inglés), puede volver a mandar su solicitud en calquier momento. Al momento de la denegación, se le indicará si puede volver a solicitar la visa mediante el servicio de buzón (dropbox), si tiene que acudir en persona después de programar una cita o si puede presentar su solicitud en persona sin necesitar una cita.

Si está volviendo a solicitarla en persona, traiga consigo su carta de denegación con el estampado del 221(g) a la entrada de Sección de Visa para tramitar de nuevo su solicitud.

Si le indican que tiene que acudir en persona sin cita, sólo tiene que presentarse en el consulado en la mañana. No tiene que rellenar el formulario DS-160 de nuevo. El DS-160 anterior que rellenó con la solicitud original sigue estando vigente. Tampoco tiene que volver a pagar las tasas del trámite si presenta su solicitud en el plazo de un año desde la denegación anterior. Una denegación de visa bajo el artículo 221(g) no es realmente una denegación, sino una inhabilitación de visa. Significa que el funcionario del consulado no pudo determinar el resultado de la solicitud de visa en ese momento, ya sea porque faltaban documentos o que se requería que se presentara en persona. Usted tendrá que recojer sus pasaportes en la oficina consular al día siguiente. Esto se debe a que las tarifas de logística pagadas en el momento de la solicitud ya se han utilizado para entregar los pasaportes una vez, como resultado, no entregarán los pasaportes ya que la tarifa fue pagada para una sola entrega. Además, tenga en cuenta que el centro de solicitud no proporcionará ningún servicio ya que usted no tenía una cita programada. Si quiere servicios, tendrá que adquirir los billetes.

Si se le ha pedido que se espere hasta que un funcionario consular se ponga en contacto con usted, por favor no concierte una cita. Su caso requiere un trámite administrativo adicional, y el consulado se pondrá en contacto con usted una vez que se haya completado.

Más detalles

212(a)(6)(C)

La inhabilitación bajo 212(a)(6)(C): los solicitantes deben ser veraces en todas las áreas de sus solicitudes de visa. Los solicitantes que intencionalmente porporcionan información falsificada en sus solicitudes para la visa de inmigrante o no inmigrante pueden ser declarados permanentemente inelegibles para entrar a EE.UU. Si usted presenta documentos forjados, es probable que caiga bajo esta disposición de la ley.
Ejemplo de una carta de denegación para la visa de EE.UU.

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