Permiso adelantado de reingreso (documento de viaje)

Permiso adelantado de reingreso (documento de viaje)

La mayoría de los extranjeros necesita un permiso adelantado de reingreso para volver a entrar a los Estados Unidos después de viajar al extranjero mientras aún tienen solicitudes pendientes para recibir beneficios de inmigración o cambios en su condición de no inmigrante.

Se considera que cualquier solicitante del ajuste de estatus que salga de Estados Unidos sin un permiso adelantado de reingreso está renunciando a su solicitud de ajuste de estatus. Al individuo en cuestión, por lo general, no se le permitirá reingresar a EE.UU. La persona en cuestión deberá realizar el trámite consular mientras se encuentra fuera de los EE.UU. Eso se aplica a los que viajan a cualquier destino fuera de EE.UU., incluyendo Canadá (hasta a las canadienses cascadas del Niagara), México o sitios como las Bahamas.

Deberá solicitar un permiso adelantado de reingreso antes de salir de EE.UU. Si parte de los EE.UU. o intenta ingresar a los EE.UU. antes de que su solicitud haya tenido una resolución, se considerará que ha abandonado su solicitud.

Excepciones:

  1. visas H, L, V, o K3/K4 de no inmigrante:
    Si usted se encuentra en una de las siguientes categorías de visa de no inmigrante, y si sigue manteniendo su estatus, puede viajar con una visa válida mientras el I-485 está pendiente sin obtener un permiso adelantado de reingreso. Al regresar a los EE.UU., debe presentar su visa de no inmigrante H, L, K o V vigente y seguir siendo elegible para ese estatus.  

    1. H-1 (trabajador temporal) o H-4 (cónyuge o hijo del titular de una H-1) 

    2. L-1 (traslado dentro de la empresa) o L-2  (cónyuge o hijo del titular de una L-1) 
    3. K-3  cónyuge o K-4 hijo de un ciudadano estadounidense 

    4. V-2 cónyuge o V-3  hijo de un residente permanente legal 

    Lee EAD/permiso adelantado vs. H/L 

  2. Refugiados y asilados:
    Si fue admitido como refugiado o se le concedió el asilo y está solicitando un ajuste de estatus un año después de eso, puede viajar fuera de los EE.UU. con un documento de viaje de refugiado válido y no tiene que solicitar el permiso adelantado de reingreso. 

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