Preguntas frecuentes sobre el cambio de estatus de la visa HB1

Todas las Preguntas Frecuentes sobre la H-1B

P: He solicitado un cambio de estatus de F1 a H1. ¿Puedo viajar fuera de EE.UU. y regresar?
R:
Si ha solicitado cualquier cambio de estatus mientras está en E.E.UU. NO se recomienda viajar fuera del país hasta que su solicitud se tramite. Si viaja al extranjero, tendrá que esperar hasta que el USCIS tome una resolución final respeto a su expediente y deberá obtener el sello en la visa indicando el cambio de estatus.

P: Si mi I-485 fue denegado mientras estaba trabajando con un EAD, ¿puedo presentar solicitud para un H-4 ya que mi mujer todavía tiene un H-1 en vigor?
R:
Eso dependerá de las razones de la denegación. Si su I-485 fue rechazado por razones que no le hacen inadmisible en Estados Unidos, e.g. su empresa se fue a la quiebra o retiró su solicitud, cambió trabajo, etc. entonces podrá solicitar una visa H-4. Si, por otro lado, su solicitud se rechazó porque está sujeto a uno o más motivos de inadmisibilidad (por ejemplo, comitió fraude, atracó un banco, etc. ) no tendrá derecho a ser admitido en los EE.UU. bajo ningún estatus.

P: En la actualidad soy titular de una visa de visitante de múltiples entradas.¿Puedo viajar a EE.UU. y solicitar una visa H1B una vez que esté ahí?
A:
Si encuentra un empleador que esté dispuesto a patrocinar su visa H1B y si reúne los requisitos para obtenerla, entonces puede conseguir una visa H1B. Sin embargo, dicha visa tiene una cuota anual y sólo se abre el 1 de octubre del año en cuestión y las solicitudes se aceptan a partir del 1 de abril del año en cuestión. Si no puede permanecer en EE.UU. hasta el 1 de octubre con una visa de visitante, tiene que regresar al país de origen, conseguir que le sellen la visa H1B y volver a EE.UU. para trabajar con la misma.

P: Actualmente tengo un estatus X (L1) y este año he solicitado un cambio de estatus (COS) a H-1B . Puedo seguir con el estatus X (L1) después de la aprobación del H-1B?
R:
Los cambios de estatus son gestionados por el USCIS, es decir que usted no puede elegir qué estatus quiere mantener. Si la H-1B fue solicitada como un cambio de estatus (COS), y es aprobada, el estatus X deja de ser vigente. Si X es L1, no puede ni debe trabajar en L1 más allá de la fecha de inicio de la H-1B. No hay período de gracia. Si trabaja después de la fecha de entrada en vigor de la COS bajo su estatus anterior, se considera empleo no autorizado y causará problemas más adelante.

Consulte la pregunta/respuesta según el principio “Leapfrog” en Preguntas Frecuentes de este artículo acerca de cómo volver a su estatus anterior viajando o presentando otro COS.

P: Tengo mi H1b COS (cambio de estatus) aprobado desde el 1 de octubre. Me dijeron que no estoy en una H1b a menos que solicite un SSN (Número de Seguridad Social). ¿Es eso cierto?
R:
 No. Solicitar un SSN no tiene nada que ver con el hecho de estar en estatus H1b. Si su COS se aprobó con un I-94 adjunto al I797, está en H1b inmediatamente después de la fecha de inicio. Su empleador tendrá que pagarle el salario completo aunque el SSN esté pendiente.

P: Actualmente tengo un sello de visa L-1 y estoy solicitando una H1b.¿ Corro algún riesgo en solicitar la H1b y la L1 al mismo tiempo?
R:
No, es legal presentar solicitudes distintas, esto no comprometerá las otras solicitudes.

P: Actualmente tengo un estatus F1/H4 y he solicitado un COS H1 a partir de octubre. Si viajara fuera de los EE.UU. en septiembre y regresara antes del 1 de octubre, ¿seguiría teniendo un estatus F1/H4? ¿Necesito viajar en septiembre y volver sólo después del 1 de octubre para mantener mi estatus anterior y no estar en H1b?
A:
Esto se llama “principio Leapfrog” y fue aclarado en el memorándum de Efrén Hernández sobre el COS (Cambio de Estatus).

Si su solicitud de COS ha sido aprobada antes de la fecha de su viaje con un I-94 adjunto, su estatus cambia automáticamente el 1 de octubre si permanece en Estados Unidos.

Si tiene un cambio de estatus aprobado con una fecha de inicio futura, ha viajado fuera de los EE.UU., y está regresando con una visa diferente , cambiaría su estatus a partir de la fecha de entrada en vigor en el futuro.

Por ejemplo: si el titular de una F1/L1 con una visa H1b de estatus aprobada que entra en vigor a partir del 1 de octubre regresa a los EE.UU. el 20 de septiembre con una F1/L1, entonces dicha persona se considerará en el estatus H1 a partir del 1 de octubre. Este ejemplo ha sido sacado del memórandum de Efren Hernandez.

Si no quiere un cambio de estatus, tendrá que regresar a EE.UU. después de la entrada en vigor del COS.

P: La última vez que estuve en EE.UU. cambié mi clasificación [p.e. de Estudiante (F1) o Trabajador Temporal (H1B)] a otra. ¿Necesito una visa de no inmigrante nueva?
R:
Sí. Si ha cambiado su estatus, tendrá que presentar evidencia que lo hizo de forma legal presentando ante el funcionario consular el formulario del USCIS I-797 (Aviso de acción) para el cambio/ajuste de estatus durante su entrevista de la visa.

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