Visa de tránsito C-1 para Estados Unidos

Si es un ciudadano no estadounidense y tan sólo está pasando por los Estados Unidos mientras está de tránsito a otro país extranjero, una visa de tránsito C-1 es el permiso adecuado. Si viaja con su familia, cada persona, independientemente de su edad, incluso los niños y bebés enumerados en el pasaporte del progenitor, deben solicitar una visa C-1 a parte. Los individuos de países que califican para el programa de exención de visa pueden transitar por EE.UU. sin una visa de tránsito.

Un funcionario de inmigración en un puerto de entrada puede permitir la entrada de una persona titular de una visa de tránsito C-1 por el periodo de tiempo que él determine, pero por un máximo de 29 días. Deberá dejar los EE.UU. en el vuelo o barco de salida propuesto, o en un plazo de 29 días, lo que ocurra antes. Debe pasar en tránsito inmediato y continuo por los EE.UU.

Una visa de tránsito resulta particularmente útil si necesita moverse de un aeropuerto a otro dentro de los Estados Unidos. Aunque no necesite cambiar aeropuerto, si hay una larga espera antes de que se pueda embarcar en el vuelo hacia su destino final, en lugar de esperar en el aeropuerto, puede salir y visitar los alrededores, visitar amigos o familiares o ir de compras.

De todos modos, aunque tenga previsto quedarse en los Estados Unidos tan sólo por un día, debería solicitar una visa B1/B2.

Documentos

Para una visa de tránsito C-1 se requieren los siguientes documentos:

Documentos obligatorios

Documentos justificativos

  • Prueba del permiso de entrada en el país de destino final, como un pasaporte con una visa válida o prueba de que no se necesita visa.
  •  Prueba del propósito de su visita en el destino extranjero.

  • Un billete de transporte común (vuelo o barco) u otra prueba del acuerdo de transporte hasta el destino final.

  • Documentos financieros para demonstrar que tiene fondos suficientes para cubrir el coste de su viaje de tránsito.

  • Pruebas de residencia en el país extranjero al cual tiene intención de regresar al final de la estancia en los EE.UU. Eso puede demonstrarse mediante pruebas de vínculos familiares, profesionales, de propiedad, laborales y de otro tipo y compromisos con un país distinto a los EE.UU., a través de pruebas suficientes que le obliguen a regresar ahí al final de su estancia.
  • El funcionario consular podría pedirle documentación adicional a la hora de la entrevista con el fin de averiguar el propósito para obtener la visa. No es posible predecir qué otra documentación adicional se le solicitará.

  • Detenciones/convicciones anteriores en los Estados Unidos:
    Obtenga los registros judiciales del tribunal o tribunales en los que fue juzgado si fue detenido y condenado por un delito en EE.UU. Dichos registros judiciales deben mostrar la naturaleza del delito o delitos cometidos, el artículo o artículos de la ley infringidos y la pena impuesta.

    Si su detención no dio lugar a una condena, o si no puede conseguir una copia de los registros judiciales, presente una declaración jurada indicando el lugar de la detención (estado y provincia) y el motivo de la misma.

    Si su detención dio lugar a una condena, la declaración jurada debe describir la naturaleza del delito cometido, el artículo de ley infringido y la pena impuesta por el tribunal/tribunales.

Solicitud

Solicite una visa de tránsito C-1 al consulado o embajada de EE.UU. más cercano. Todos los solicitantes de entre 14 y 79 años deben presentar solicitud en persona y deben concertar una cita antes de acudir a la embajada o consulado de EE.UU. Los solicitantes de menos de 14 años y los de 80 años y más pueden solicitar una visa de tránsito por correo electrónico.

Los trámites de solicitud y los plazos de tramitación varían dependiendo del consulado de los diferentes países, y puede haber tiempos de espera de varios meses en lugares como la India antes de que le concedan la cita para la visa. Se recomienda planificar con bastante antelación debido a la enorme demanda costante de visas estadounidenses.

Si no es idóneo por razones médicas, si se le ha denegado la entrada o ha sido expulsado de los Estados Unidos, si necesita trámites administrativos adicionales, o si es un residente temporal del país desde el que solicitó la visa de tránsito, su visa podría estar sujeta a ulteriores retrasos.

Si usted está siendo deportado por otro país al transitar por los EE.UU., ya sea con o sin escolta, no será admitido como tránsito sin visa. Podrá obtener un permiso para transitar por los EE.UU.

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