Sellado de la visa estadounidense en México

Sellado de la visa estadounidense en México

Mucha gente en los EE.UU. que tiene una visa de no inmigrante puede o bien extender su estatus o cambiarse a un estatus de no inmigrante diferente. Un estatis de no inmigrante les permite quedarse en los EE.UU, y/o trabajar legalmente si son titulares de una visa de trabajo. Sin embargo, si el sello de visa actual en su pasaporte ha vencido o está a pjunto de vencer, van a necesitar otro sello de visa antes de volver a entrar en EE.UU. Esto también vale si fueran a viajar al exranjero. Es importante entender que un estado legal y un sello de visa son dos cosas distintas. Para más detalles, lea sello de visa vs. duración d eestancia autorizada .

Una persona con una visa de no inmigrante tiene dos opciones para sellar la visa:

1. Acudir a un país colindante como Canadá o México
2. Ir a su país de origen para el sello de visa

Si reunen los requisitos, mucha gente prefiere ir a Canadá o México debido a su proximidad geográfica a los EE.UU.  

Los consulados estadounidenses en México se hallan en ls siguientes localidades:

– Ciudad Juarez
– Matamoros
– Nogales
– Nuevo Laredo 
– Tijuana

Todos estos consulados estadounidenses son llamados colectivamente “puestos fronterizos”.

Tome en cuenta que el proceso de sellado en México tarda al menos tres días: un día para las huellas dactilares, otro para la entrevista y el tercer día para la recogida del pasaporte. Sin embargo, puede llevar incluso más tiempo.

Requisitos de idoneidad

Por lo general, los Nacionales de Terceros Países (TCN o ciudadanos no mexicanos) que viven en EE.UU. pueden tener derecho a renovar su visa en México si lo hacen bajo la misma categoría de visa (salvo la B-1, B-2 o H-2) y nunca han perdido su estatus. Tiene derecho a que le sellen su visa en Canadá o México si nunca ha estado “Fuera de estatus”. Puede usar el formulario I-797, la tarjeta EAD, talones de pago, etc. para probar su estatus. Si no puede probar que su estatus está en vigor,- o si estuvo “fuera de estatus”- debe acudir a su país de origen para el sello de visa.

Si desea cambiarse de un estatus no F-1 (por ejemplo B-1, H-4, J-1) a un estatus H-1, consulte con un abogado de inmigración antes de ir a México para el sellado de visa.

Si no es ciudadano mexicano y de momento se encuentra en Estados Unidos, puede solicitar los siguientes tipos de visa en México:
– Estudiante
– Visitante de intercambio
– Periodista
– Religioso
– Trabajador temporal (H, L, O, P)
– Tripulación

Las siguientes categorías de Nacionales de Terceros Países (TCN) también pueden solicitar una visa estadounidense en México:

  • Los nacionales de terceros países que suelen residir en un país que forma parte del Programa de exención de visa (VWP) y cuyo pasaporte biométrico ha sido extravíado o robado, puden solicitar una visa de turista (B-1/B-2) o de tránsito (C) en México para regresr a su país de origen.

  • Los nacionales de terceros países que normalmente residen en un país que está fuera del Programa de exención de visa y cuyo pasaporte ha sido extravíado o robado, pueden solicitar la renovación de su visa de turista (B-1/B-2) en México para poder regresar a su país de origen

No idóneos

Las siguientes categorías de Nacionales de Terceros Países no pueden presentar solicitud en México:

  • Si desea conseguir el sello de visa para visitante, tránsito, diplomática, negociador de tratados, inversor de tratados, trabajador H-1A, H-2A, H-2B o Q, debe solicitar una visa en su país de origen si no es un ciudadano mexicano.

  • En Nuevo Laredo no es posible solicitar una visa para tripulación

  • Si alguna vez ha estado “fuera de estatus” porque ha estado más tiempo de lo autorizado en su visa I-94

  • Los nacionales de terceros países que no residen en México y que solicitan una visa B-1/B-2 ( incluyendo la renovación de las B-1 y B-2).

  • Los solicitantes que ingresaron en EE.UU. con una visa expedida en su país de origen y cambiaron su estatus en el USCIS en Estados Unidos aspirando a una visa de una categoría diferente.

  • Los solicitantes que entraron en EE.UU. con una categoría de visa y quieren volver a entrar al país con una categoría de visa diferente.

  • Los solicitantes que entraron a EE.UU. bajo el programa de exención de visa.

  • Los aplicantes que obtuvieron su visa actual en un país distinto a su país de residencia legal.

  • Los solicitantes a los que se les informó, cuando obtuvieron la visa original en su país de origen, que están sujetos al Registro de Entrada y Salida de Seguridad Nacional (NSEER)

  • Los ciudadanos de Corea del Norte, Cuba, Siria, Sudán o Irán.

Riesgos

Dichos candidatos pueden experimentar dificultades a la hora de la entrevista si solicitan una visa fuera de su país. Muchas veces, la visa puede ser denegada porque el funcionario consular no está familiarizado con los documentos del país de origen del solicitante, o considera que el expediente del solicitante muestra indicios de fraude.

Los solicitantes serán autorizados a volver a entrar a Estados Unidos solamente si reúnen los requisitos para una nueva visa y tienen realmente la visa sellada en su pasaporte. Los formularios I-94 (aunque sean válidos) acompañados por visas previamente vencidas, ya no serán válidos para que las personas que viajan desde Canadá o México vuelvan a entrar automáticamente, si durante su visita han solicitado una nueva visa que, efectivamente, no ha sido expedida.

Además, si su solicitud requiere ulterior tramitación administrativa, puede que no pueda volver a entrar en EE.UU. hasta que dicha tramitación termine. Debe tenerlo en cuenta antes de decidir acudir a Canadá o México para el sellado de la visa.

How useful was this post?

Click on a star to rate it!

We are sorry that this post was not useful for you!

Let us improve this post!

Tell us how we can improve this post?

TEMAS RELACIONADOS

Para seguros médicos de viajes para visitantes, estudiantes, y otros.

Visite insubuy.com o llame al +1 (866) INSUBUY o +1 (972) 985-4400.