La sección 711 de la Implementación de Recomendaciones de la Ley de la Comisión del 11 de Septiembre (Ley 911) de fecha 2007 autoriza la expansión del reforzamiento de la seguridad del Programa de Exención de Visado y provisiones adicionales para ello. El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, consultando con el Departamento de Estado, evalúa el efecto de la participación de un país determinado en el Programa de Exención de Visado teniendo en cuenta los intereses de orden público y seguridad de EEUU. Constantemente se añaden o eliminan países según cambian las circunstancias.
Los países se eligen dependiendo de a cuántos de sus solicitantes se les deniega la visa de visitante a EEUU cada año; cuanto menor sea el coeficiente de denegación, mayor será la presunción de los Estados Unidos de que los solicitantes de ese país realmente tienen intención de cumplir las condiciones de su visa o de su entrada.
El Secretario de Seguridad Nacional, consultando con el Departamento de Estado, puede designar un país como participante en el VWP si se cumplen los siguientes requisitos:
- El país permite de forma recíproca viajar a su territorio fácilmente sin visado a ciudadanos estadounidenses y de vuelta a casa, siempre que el motivo y duración del viaje sean similares a lo permitido en el Programa de Exención de Visado.
- El país ha certificado que tiene un programa para expedir pasaportes electrónicos (e-Passports).
- El Secretario de Seguridad Nacional, consultando con el Secretario de Estado,
- prepara un informe evaluador del efecto que la designación del país tendría en los intereses de orden público y seguridad de los Estados Unidos; y
- determina que la designación del país para el programa no comprometería los intereses de orden público y seguridad de EEUU, incluidos los intereses de aplicación de la legislación migratoria.
- prepara un informe evaluador del efecto que la designación del país tendría en los intereses de orden público y seguridad de los Estados Unidos; y
- El país debe cumplir varios requisitos de seguridad y de otro tipo, como compartir datos sobre orden público y seguridad de forma fluida con los Estados Unidos, y comunicar puntualmente la pérdida o robo de pasaportes expedidos y en blanco.
- El país mantiene unos niveles altos de lucha antiterrorista, orden público, control fronterizo y seguridad de los documentos.
Por supuesto, cumplir los requisitos objetivos del VWP no garantiza que un determinado país pueda considerarse para dicho programa, pues es una decisión discrecional del gobierno estadounidense.
El Secretario de Seguridad Nacional, consultando con el Secretario de Estado, puede eximir del estatuto del Programa de Exención de Visa de coeficiente de denegación de visa de menos del 3 por ciento, e incrementar al máximo del 10 por ciento, siempre que el Secretario de Seguridad Nacional certifique que:
- Tiene establecido un sistema de salidas aéreas que puede verificar las salidas de al menos el 97 por ciento de los nacionales extranjeros que salen de aeropuertos estadounidenses; y
- Tiene establecido un sistema electrónico de autorización de viaje que está plenamente operativo.