Restricciones a la entrada
Igual que a cualquier no inmigrante que entra a los Estados Unidos, se examina a quienes entran usando el VWP. En el puerto de entrada un funcionario de inmigración examinará su solicitud y podría buscar su nombre en varias bases de datos para verificar que no se ha quedado por más tiempo del permitido con algún visado anterior, que no tiene antecedentes penales o que no es inadmisible por ninguna otra causa (por ejemplo, si tiene tuberculosis, si no tiene dinero para costearse el viaje, o si es un conocido delincuente, espía o terrorista). Si ese es su caso, tendrá que regresar a casa inmediatamente, sin audiencia o vista alguna ni segunda opinión. Se le permite intentar regresar a EEUU en cualquier momento (al contrario de lo que sucede con los titulares de visado, que pueden tener que esperar 5 años antes de intentarlo de nuevo si se les deniega la entrada), pero primero debe marcharse de los Estados Unidos.
Sin derecho a vista
Si quienes entraron a EEUU con visas son deportados por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), se les permitirá una audiencia o vista ante un juez de inmigración. Si entró a EEUU usando el Programa de Exención de Visa, se queda más allá de su límite de 90 días, y el USCIS decide deportarlo, no tendrá derecho a una vista antes de ser deportado, sino que deberá marcharse del país inmediatamente.
Sin derecho a extensión o cambio de estatus
No podrá extender su estancia más allá de los 90 días, y no podrá cambiar su estatus a otra categoría, de no inmigrante o de inmigrante. Por ejemplo, si desea quedarse más tiempo para ver más lugares turísticos, si fue admitido en su universidad soñada, o si le hicieron una oferta de trabajo lucrativa, no podrá simplemente extender su estancia o cambiar su estatus, como podría permitírselo a quienes entraron con visas normales.
Si ya entró a los Estados Unidos con otro visado de no inmigrante, cuando venza el periodo de estancia autorizada no podrá cambiar su estatus para quedarse conforme al VWP para extender su estancia. El Programa de Exención de Visado es aplicable mientras se entra a EEUU.
Excepciones
Puede haber raras excepciones en que se le permita quedarse por más tiempo, como si se da una verdadera emergencia médica, o si necesita solicitar asilo político.
También si se casa con un ciudadano estadounidense o es familiar inmediato de un ciudadano estadounidense (un menor, un hijo soltero o un padre), podrá solicitar una tarjeta verde mientras está en los Estados Unidos.
Intenciones inconsistentes
Se le denegará la entrada si viene a EEUU a trabajar, a estudiar o a emigrar con cualquier motivo inconsistente con los motivos permitidos por el VWP.
Transportista no autorizado
No podrá entrar a los Estados Unidos si ha viajado con una compañía de transporte aéreo o marítimo no autorizada.
No se permiten visitas frecuentes
Después de que haya entrado a EEUU usando el Programa de Exención de Visado, haya estado en los Estados Unidos por cualquier periodo de hasta 90 días, y se haya marchado de EEUU, no hay un requisito de periodo mínimo en que deba quedarse en el extranjero antes de intentar entrar usando el VWP. Podrá entrar todas las veces que quiera. Sin embargo ello no significa que pueda quedarse en los Estados Unidos la mayor parte del tiempo. Tiene que haber un lapso de tiempo razonable entre visitas para que el Funcionario de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU en el puerto de entrada no piense que está intentando vivir aquí. Los funcionarios de inmigración en el puerto de entrada pueden denegar la admisión.
Arrestos/condena por delito
Si alguna vez (no importa si hace mucho tiempo que pasó) fue arrestado, condenado o castigado por un delito que supusiera un atentado contra moral, no será elegible para el Programa de Exención de Visa, independientemente de si la condena se registró o no. En caso de duda, simplemente solicite primero una visa.
Cargos por conducir bajo los efectos del alcohol
Si alguna vez fue acusado de conducir bajo los efectos del alcohol, deberá solicitar una visa en primer lugar.
Infracciones de tráfico leves
Si tiene antecedentes por infracciones de tráfico leves, podrá viajar usando el VWP siempre que no hubiera sido arrestado y/o condenado por la infracción.
Si cometió su infracción de tráfico mientras estaba en los Estados Unidos y tiene que pagar una multa pendiente que le impusieron, o si no compareció a su vista judicial, puede que haya una orden de arresto contra usted. Puede que tenga problemas para entrar a EEUU usando el Programa de Exención de Visa. Antes de viajar usando el VWP, debe intentar resolver el asunto con el tribunal competente.
Denegación anterior de la visa
Si se le ha denegado un visado conforme a la Sección 214(b) o 221(g), ello no lo convierte automáticamente en inelegible para el Programa de Exención de Visado. Sin embargo, podría negársele la autorización a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA, por sus siglas en inglés), podría ser interrogado a fondo en el puerto de entrada, o podría negársele la entrada de plano. Tiene que llevar acreditación convincente de su intención de abandonar los Estados Unidos al final de su visita. Debe aportar acreditación de su fuerte arraigo en su país de origen por su indudable vinculación social y económica.
Tránsito
Se permite transitar por EEUU usando el VWP. Sin embargo, existen varias restricciones según el destino:
- Canadá, México, o islas adyacentes: Puede transitar por los Estados Unidos tanto en viaje de ida como de vuelta, y puede utilizar cualquier medio de transporte siempre que el tiempo total que pase en EEUU, Canadá, México, o las islas adyacentes no exceda de 90 días.
- Si transita por los Estados Unidos con un destino final que no sea Canadá, México, o islas adyacentes: El viaje de vuelta debe ser con un transportista participante, pero no necesariamente en un plazo de 90 días, ya que necesitará una nueva solicitud conforme al Programa de Exención de Visado para transitar de nuevo.
- Si establece su residencia en Bermudas, Canadá o México: Si transita por los Estados Unidos para establecer su residencia en esos países, debe ser residente permanente legal de dichos países.
Infracción anterior de las condiciones del Programa de Exención de Visa
Si anteriormente se quedó más allá de los 90 días permitidos conforme al WVP, o infringió cualquiera de las condiciones del Programa de Exención de Visado, no podrá entrar de nuevo usando el VWP.