Visa J – Exención del requisito de residencia en el extranjero

Visa J - Exención del requisito de residencia en el extranjero

Si está sujeto al requisito de dos años de residencia en el país de origen, pero no puede cumplirlo, puede enviar una solicitud a la División de Revisión de Exenciones del Departamento de Estado de los Estados Unidos para que recomiende al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS, por sus siglas en inglés) que le otorgue una exención si califica bajo una de las cinco causas aplicables. Debe elegir una causa para la cual califique o que se aplique a su situación específica. No hay garantía de que su solicitud de exención vaya a ser aprobada.

Procedimiento de solicitud

  1. Solicitud en línea

    Complete el Formulario DS-3035, la solicitud de recomendación para la exención de la visa J. 

    Debe completar un formulario en línea e imprimirlo para enviarlo por correo. No se puede utilizar ninguna otra versión del formulario y se le devolverá sin la tarifa de procesamiento, que no es reembolsable.

    Instrucciones para la solicitud:
    • Punto 12 – (Si su aprobación fue en el Formulario IAP-66):
      Número SEVIS – N0000000000 (10 ceros)
      Código de campo del tema – 00. seguido por el número de 4 dígitos del código de campo del tema, por ejemplo, 00.2546
    • Punto 17 – Si entró con una visa J hace más de 12 años, la fecha debe ser marcada como el 1 de febrero de 1999.
    • Punto 14 – Si tiene un cónyuge o hijos con visa J-2, indíquelo aquí.

      Una vez que complete el formulario, debe imprimir (sólo en blanco y negro) su Formulario en línea DS-3035 con el código de barras asignado. Se le asignará inmediatamente un número de caso de exención. 


  2. Solicitud y pago por correo

    Documentos:
    • Su solicitud en línea impresa, Formulario DS-3035, con el código de barras.
    • Copias legibles de todos los Formularios DS-2019/IAP-66 que se le hayan expedido.
    • Dos sobres autodirigidos y sellados de tamaño legal.
    • Tarifa de solicitud.
      Envíe todos los documentos mencionados arriba a: 

      Si es por el servicio postal:

      U.S. Department of State
      Waiver Review Division
      P.O. Box 952137
      St. Louis, MO 63195-2137

      Si es por servicio de mensajería:

      U.S. Department of State
      Waiver Review Division
      (Box 952137)
      1005 Convention Plaza
      St. Louis, MO 63101-1200 

      Asegúrese de enviar todos los documentos anteriores juntos. Si no envía la solicitud y el pago de la tarifa juntos, su solicitud no será procesada y le será devuelta. 

      Una vez que la oficina en San Luis, Misuri procese la tarifa de solicitud, el caso será enviado a la División de Revisión de Exenciones del Departamento de Estado en Washington, D.C. No puede enviar su solicitud directamente a Washington, D.C.


  3. Documentos de apoyo

    Dependiendo de la causa aplicable bajo la cual está solicitando la exención, ciertos terceros necesitan enviar los documentos de apoyo a la División de Revisión de Exenciones. Sólo puede solicitar la exención basándose en una sola causa cada vez.

    Exención por declaración de no objeción 

    Exención por dificultades excepcionales para el cónyuge o el hijo de un ciudadano de EEUU (o de un residente permanente legal)

    Exención por temor de persecución 

    Exención de la Agencia del Gobierno Federal de los Estados Unidos interesada 

    Exención del Departmento Estatal de Salud Pública Designado o su equivalente (Programa Conrad State 30) 

    Los terceros pertinentes deben enviar los documentos de apoyo directamente a la División de Revisión de Exenciones al:
    U.S. Department of State
    Visa Services
    Waiver Review Division
    2401 E Street, NW
    Washington, DC 20522-0106 


  4. Verificar el estado

    Aproximadamente un mes después de que los terceros envíen el documento, puede verificar el estado en línea. Podrá ver qué documentos se han recibido o faltan. La División de Revisión de Exenciones no hará un seguimiento con los terceros con respecto a los documentos de apoyo que no han sido recibidos por ellos. Por lo tanto, es su responsabilidad hacer el seguimiento con ellos para asegurarse de que sean enviados.

    Necesitará el número de su caso de exención para verificar el estado. 

    No llame directamente a la División de Revisión de Exenciones para verificar el estado. Sin embargo, si ha ocurrido un error y desea aclarar una situación con respecto a su caso, puede llamar a la División de Consultas Públicas al (202) 663-1225. 

    Mientras la solicitud está pendiente o en proceso, si su información de contacto como la dirección, el número de teléfono o la dirección de correo electrónico cambia, puede actualizarlos utilizando el enlace “Informar al Departamento de Estado de un Cambio en los Datos Personales” en la sección “¿Qué desea hacer?


  5. Se necesita más información

    Si la División de Revisión de Exenciones necesita más información o documentos adicionales, ellos se pondrán en contacto con usted. Debe enviar la información/documentos requeridos a:

    U.S. Department of State
    Visa Services
    Waiver Review Division
    2401 E Street, NW
    Washington, DC 20522-0106 

    La dirección anterior NO debe utilizarse para enviar la solicitud inicial.

    NO debe llamar para verificar si recibieron sus documentos o no. Por favor, utilice el sistema de comprobación del estado del caso en línea, ya que le indicará si se han recibido los documentos pertinentes o no.

    Mientras su solicitud esté pendiente en la División de Revisión de Exenciones y si dispone de nueva y relevante información que pueda afectar su elegibilidad para una exención, la puede enviar también a la dirección arriba indicada. Sin embargo, le recomendamos que haga todo lo posible para presentar todo lo necesario al enviar la solicitud inicial.

    Por favor, escriba el número de su caso en cualquier documento que envíe, así como en el exterior del sobre.


  6. Tiempos de tramitación

    Los tiempos de procesamiento de las solicitudes de exención varían en función de la causa legal que se aplique. Los siguientes tiempos de procesamiento estimados se aplican a partir del momento en que el expediente está completo (todos los documentos son recibidos por ellos): 

    Opinión consultiva – de 4 a 8 semanas
    Declaración de no objeción – de 12 a 16 semanas
    Dificultades excepcionales – de 16 a 24 semanas
    Persecución – de 12 a 16 semanas
    Agencia del Gobierno Federal de los Estados Unidos interesada – de 8 a 12 semanas
    Departamento de Salud Pública del Estado (Programa Conrad State 30) – de 12 a 16 semanas

    En caso de que su solicitud requiera un procesamiento administrativo adicional, éste tomará más tiempo. 

    No intente llamar o venir en persona para comprobar el estado de su caso o discutir los detalles. No tienen un servicio de información “en persona”. 


  7. Recomendación del Departamento de Estado y resolución final del USCIS 

    Una vez que la División de Revisión de Exenciones del Departamento de Estado complete la evaluación de la solicitud, enviará su recomendación directamente al USCIS y le enviará la copia por correo. 

    El USCIS resuelve en última instancia sobre su solicitud de exención y se lo notificará por correo. 

    Una vez que el caso esté en el USCIS, usted debe contactar al USCIS directamente para saber el estado de su caso.

Aprobación

Una vez que su exención sea aprobada, eso por sí solo no extiende su estancia autorizada en los Estados Unidos. Es posible que ya no sea elegible para las extensiones de la visa J-1. Como obtener una exención a veces puede tomar un año o más, debe planificar adecuadamente para tener un estatus de no inmigrante diferente en EEUU una vez que la exención de la visa J-1 sea aprobada. Lo más probable es que solicite una visa H-1B si está planeando trabajar.

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