Devolución de un formulario I-94 no recogido al CBP

La mayoría de los viajeros obtienen un formulario I-94 electrónico. Por lo tanto, su partida es registrada adecuadamente en base a la declaración proporcionada por el transportista (aerolínea, barco, etc).

No obstante, si por cualquier motivo se le expidió un formulario I-94 en papel y usted no lo regresó al momento de salir de EE.UU., es posible que su partida no se registró correctamente.

Si esto sucede, la próxima vez que solicite entrar a los Estados Unidos, su visa podría ser anulada o le podrían denegar entrar en los Estados Unidos. En particular, los visitantes que hayan permanecido más allá de su estancia autorizada en los Estados Unidos en virtud del programa de exención de visa, no podrán volver a entrar en los Estados Unidos en el futuro sin obtener una visa primero. Si esto ocurre, y usted llega a un puerto de entrada de EE.UU. queriendo que le dejen entrar bajo el programa de exención de visa sin una visa, los funcionarios de inmigración de los Estados Unidos le podrían prohibir entrar al país. Los visitantes deben de asegurarse de entregarle el talón I-94 0 I-94W al transportista antes de salir de los Estados Unidos.

Bajo la ley estadounidense, todos lo que viajan a los Estados Unidos deben devolver las tarjetas de registro de salida I-94 o I-94W a las autoridades adecuadas del USCIS antes de partir de los Estados Unidos. El viajero que no lo haga puede ser registrado como si hubiera salido intempestivamente de los Estados Unidos. Sin un registro correcto de que usted se fue de los Estados Unidos dentro del tiempo límite que se estableció cuando entró al país, el USCIS podría concluir que usted sobrepasó el periodo de tiempo concedido en la admisión.

Si todavía tiene el I-94 o I-94W bajo su posesión, es su responsabilidad asegurarse de que sea entregado a las autoridades adecuadas para que su registro sea corregido para evitar futuros problemas al viajar a los Estados Unidos.

Es imperativo que rellene la parte de atrás de la tarjeta, enlistando el puerto de salida, la fecha de partida de los Estados Unidos y la información del transportista/vuelo. Debería enviar el I-94 o I-94W junto con una carta explicativa y un comprobante de su salida de los Estados Unidos a una de las siguientes direcciones.

A partir del primero de noviembre del año 2014, la dirección es:

Coleman Data Solutions
Box 7965
Akron, OH 44306
Attn: NIDPS (I-94)
USA
(Si lo está enviando via un
servicio postal de EE.UU.)
OColeman Data Solutions
3043 Sanitarium Road, Suite 2
Akron, OH 44312
Attn: NIDPS (I-94)
(Si lo está enviando via FedEx o UPS)

No envíe el I-94 o el I-94W al consulado/embajada estadounidense, ya que la oficina de inmigración (DHS) no tiene la autoridad de actualizar registros.

También tiene que aportar pruebas de su salida de los Estados Unidos. Las pruebas pueden provenir de una variedad de fuentes, incluyendo pero no limitado a:

  • Tarjetas de embarques originales que utilizó para salir de los Estados Unidos;
  • Fotocopias de los sellos de entrada o salida en su pasaporte que indican que entró a otro país después de haberse ido de los Estados Unidos (por favor, haga copias de todas las páginas del pasaporte que no estén totalmente en blanco e incluya la página biográfica que contiene su fotografía);
  • Nóminas o talones de pagos fechados de su empleador que indiquen que ha trabajado en otro país después de salir de los Estados Unidos;
  • Estados de cuenta fechados que reflejen transacciones en su país de origen/residencia para demostrar que estuvo en otro país después de haberse ido de los Estados Unidos;
  • Registros escolares que muestren que acudió a un instituto académico fuera de los Estados Unidos para demostrar que estuvo en otro país después de salir de los Estados Unidos;
  • Recibos de la tarjeta de crédito fechados (con los números de tarjeta de crédito borrados) de las compras que realizó después de haberse ido de EE.UU. para demostrar que estuvo en otro país después de salir de los Estados Unidos.

Por favor, envíe copias legibles o el material original cuando sea posible. Si envía materiales originales, conserve siempre una copia para sus archivos; no le devolverán los originales. Le sería muy útil al USCIS si incluyera una carta de explicación en inglés. Como se ha indicado anteriormente, su declaración no será aceptada sin pruebas que la respalden.

Se le recomienda encarecidamente que guarde una copia de todo lo que le envíe al CBP. Llévelas consigo la próxima vez que vaya a los Estados Unidos por si el funcionario de la CBP tenga alguna duda sobre su elegibilidad para entrar.

Si esta realizando viajes breves de 30 días o menos a Canadá, México o las islas del Caribe durante su visita a EE.UU., conserve su I-94 o I-94W. Sólo debe devolverlo cuando salga de EE.UU. para regresar a su país.

Retrasos fuera del control del viajero, como vuelos cancelados o demorados, emergencias médicas que requieren el cuidado de un médico, etc., no se consideran estancias excesivas no autorizadas. Sin embargo, tendrá que presentar pruebas de la causa por haberse quedado más tiempo de lo autorizado la próxima vez que viaje a EE.UU. para que le concedan amnistía. En caso que la aerolínea demore su vuelo, pídale una carta a la misma que informe sobre la demora o una copia de su tarjeta de embarque cancelada.

Si la tarjeta de partida I-94 o I-94W no está en su posesión, debería redactar una explicación y enviarla a la dirección mencionada arriba. Incluya lo siguiente en su eplicación:

  • Nombre;
  • Fecha y lugar de nacimiento;
  • País de ciudadanía;
  • Fecha en la que llegó a EE.UU.;
  • Fecha en la que salió de EE.UU.;
  • Aerolínea o transportista con la que partió;
  • Número de vuelo o nombre del buque.
  • Si la salida fue a través de una frontera terrestre, introduzca “tierra”en lugar de la información del transportista.

Como se ha indicado anteriormente, asegúrese de incluir un comprobante de su partida.

Si cree que esta teniendo problemas para entrar a los Estados Unidos debido a datos incorrectos en el sistema informático del USCIS, sí es posible modificar los registros. Para que lo hagan, es necesario que usted demuestre que salió de los Estados Unidos. Como se indica arriba, estas pruebas pueden provenir de una variedad de fuentes.

Por favor, envíe copias legibles o el material original cuando sea posible. Si envía materiales originales, conserve siempre una copia para sus archivos; no le regresarán los originales.

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